viernes, 12 de agosto de 2011

SUEÑO DE UNA BUENA MUERTE


Reproducción de un dibujo de Alan D`Nuit, artista plàstico que ha creado obras en Homenaje a Argetino del Valle Larrabure
Esta vez ofreció su interpretación de los ultimos momentos del Héroe Nacional Pedro Giachino antes de su partida a la Casa del Padre.
Con la colaboración de Patricio Lons, la obra se titula: "Sueño de una Buena Muerte"
Al Capitan Giachino

Cuando el Capitán
IM Pedro Giachino

estaba agonizando
en medio de su sangre

que regaba el suelo de la Patria
en ese momento
por su sacrificio redimida,
escuchó los pasos
de dos pares de botas,
uno solo tenía espuelas;
quien no las tenía en sus botas 
le dijo al otro:
"...vió General, 
qué buenos resultaron 
mis marinos...",
y la respuesta fue:
"...si, bravos y valientes, 
lograron lo imposible, 
ser tan buenos 
como mis Granaderos 
en San Lorenzo..."

Alzó su mirada asombrado 
y recibió las afectuosas palabras 
de los Padres de la Patria 
que orgullosos de él, le dijeron:
"descanse en paz Capitán Giachino, 
ha librado el buen combate, 
lo están esperando 
en su próximo destino."
 
Y en ese momento, 
el Almirante Brown 
y el General San Martín, 
le mostraron a Giachino
el paso abierto custodiado 
por los Patricios del General 
Santiago de Liniers,
hacia los brazos maternales 
de la Virgen Stella Maris, 
patrona de los marinos,
que con su Corazón Iluminado,
le habría el camino 
a la Patria Celestial.

“Dedicado a aquellos que lograron lo imposible”.
por Patricio Lons
ilustracion de Alan D´Nuit.

EL DIA DESPUES

 
Por Tcnl. Jose Javier de la Cuesta Avila (LM;GSM 1 CMN 73 VGB)
El tiempo electoral se llena de promesas y mensajes que generalmente tienen mas objetivo de convocar que posibilidades de materializar y que su realidad solo se sabra "despues".

 
      El momento de crisis, la situacion de emergencia o el tiempo de la accion siempre tiene un "despues" que es donde se concreta como resultante los efectos de lo realizado. En las guerras ese despues se le donomina "postguerra" que es cuando la "voluntad del vencedor" es la que se impone y, logicamemnte, sus consecuencias son exclusivamente del mismo. En tiempos de paz, tambien existen los "despues", que son los que resultan de las confrontaciones que por razones politicas, culturales, economicas, etc. se materializan en la gran sociedad internacional o en la escala mas reducida de las naciones. Uno de estos momentos singulares son los tiempos electorales en los que se pone en juego el accionar de un pasado (por parte de los gobernantes) y el futuro propuesto (conforme la vision de los postulantes) y en los que en un casi sagrado acto electivo la comunidad vuelca su apoyo a una de esas posiciones.
 
    La metodologia institucional pactada es la que da la base y estructura de este proceso de toma de decision en el cual previamente los aspirantes a conducir a la sociedad exponen  sus ideas, sugieren sus aspiraciones y describen el mañana que con su accionar brindaran. Este maravilloso proceso, en el que se señala como raiz y fundamente la condicion de la democracia, sin embargo,  no siempre tiene la trasparencia que requeriria, muchas veces declama imposibles y, en oportunidades. casi resultan un mensaje de falsedad, pero si el "electorado" es logico y prudente, reconoce la situacion y actua en consecuencia. Este proceso tambien se "enturbia" cuando la ciudadania tiene algun tipo de "compromiso" al que no quiere o puede renunciar, con lo que se condiciona su real "libertad" electoral. Estos temas y algunos otros similares, pueden tener una solucion racional cuando existe un real. concreto y efectivo vinculo entre los que se postulan y los que eligen ya que, de esta manera, la representacion sera sana y genuina.
 
     El tema es siempre el "despues", es decir cuando paso el momento de la eleccion y los elegidos llegan a la funcion en la que se enfrentan con escenarios que no siempre son los que se concebia como naturales de su realizacion.  En este nuevo momento, no basta el deseo o la aspiracion, sino que aparece la exigencia de la negociacion y el acuerdo, muchas veces con otros que estan en posiciones dispares o alientan fines que se alejan de lo que se ha comprometido. La accion politica se convierte, de esta manera, en un permanente avanzar y retroceder, en un camino que tiene mas obstaculos que los que se supone, lo que requiere no tan solo voluntad y habilidad, sino consistencia y saber.
 
   La "representacion" y la "calidad" adquieren un rol que, en ocasiones, no se tienen en cuenta en la medida que ello merece, por parte de los electorados y, seguramente, es una de las causas del "divorcio" que en los hechos concretos aparecen en la vida institucional de la comunidad. El mundo actual, globalizado tecnicamente y en un proceso acelerado de universalizacion, pone en juego mucho mas que en el pasado, las caracteristicas de aquellos que conducen a los pueblos y que deben resolver cada paso en ese permanente conflicto del "despues".
 
   Nuestra Argentina, que viene de ser "vapuleada" por un casi permanente accionar de dudas y frustracionres, en cada acto electoral tiene la oportunidad institucional de profundizar su modelo o cambiarlo como rumbo hacia su exito o fracaso, por ello, no debe hacer que la ciudadania se aferre a las propuestas, sino que tiene que tener la posibilidad del analisis para dar su apoyo y destino solo a aquellos que por su "representacion" y "calidad" tengan las mejores posibilidades de accion en el "despues".

UP DENUNCIÓ QUE MURIÓ OTRO PRESO POLÍTICO EN CAUTIVERIO


A continuación reproducimos una carta en que la Unión de Promociones denuncia el fallecimiento de otro preso político en cautiverio:
   
    
A los Familiares del señor Coronel ALBERTO PEDRO BARDA
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At.
Autoridades y demás integrantes de la Promoción 79.
Señores Presidentes / Autoridades de las Promociones del Ejército Argentino.
Camaradas y Amigos.

Presente
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De nuestra mayor consideración

La Unión de Promociones expresa su más profundo pesar, con motivo del fallecimiento en el día de la fecha, del señor Coronel ALBERTO PEDRO BARDA. El deceso del citado Oficial Superior, perteneciente a la Promoción 79 del Colegio Militar de la Nación, se suma a los 145 (ciento cuarenta y cinco) Camaradas Presos Políticos fallecidos en cautiverio, privados de sus legítimas garantías y derechos constitucionales y a los que sin estarlo aún, enfrentaban distintos procesos judiciales.

Acompañamos a todos sus familiares, amigos y Camaradas de Armas, en este momento de dolor, elevando al Señor una oración en su memoria.

Cnl (R) Guillermo César Viola.
Unión de Promociones.

EL FLAGELO DEL ABORTO


Por CEMBLP 
(Centro de Estudios Manuel Belgrano de La Plata)
                           Una de las más flagrantes contradicciones de los defensores de los Derechos Humanos es no defender el más prístino, puro y sacrosanto de ellos como es el Derecho a la Vida.
                            Piénsese en los numerosos escritos, folletos, reuniones y plataformas políticas donde se auspicia la despenalización del aborto y por ende que en nuestro país rija una legislación permisiva con relación a esta práctica tan aberrante.
                              Hace poco tiempo, en una carta de lector enviada al Diario La Nación, el Sr. José Laphitzondo, al refutar otra misiva señalo lo siguiente: “Escribo por primera vez debido a que me asombró la conclusión llevada a cabo por un lector el 17 de Junio.
                               Este hombre concluía que no es lícito ni humano exigir a una mujer que sea madre a consecuencia de una acción incivilizada, agresiva y execrable, tal como lo es la violación. A primera vista concordaba con este hombre, ya que es ilegitimo sufrir una aberración de este tipo.
                               Pero resulta ser que la solución a este dilema es sencillamente el aborto del feto. Resolución que veo ilegitima también, ya que el pobre bebé es inocente, él no decidió nacer de una violación y mucho menos ser abortado.
                               Ese es el punto al cual habría que aplicar un duro castigo.
                              Fácilmente se acude a la condena del feto, que no es visible al hombre y que es inocente. Y tan fácilmente se quita la condena de violadores…
                                Se que la decisión de la madre es muy complicada y que tiene sus dificultades estar embarazada; pero se debe realizar una denuncia o recurrir a los medios para reclamar por esta injusticia y que no suceda más.
                                La soluciones como la adopción podrían llegar a ser una decisión difícil pero no inmoral como lo es el aborto.”
                                Ciertamente, en un lenguaje sencillo desprovisto de toda erudición muchas veces pedantescas, el lector pone los puntos sobres las “ies” pues pese a que en una primera intelección del tema le pareció atinada la permisión del art. 86 del Cód. Penal cuando advirtió que se estaba condenando a la muerte a un inocente que además no puede defenderse, inmediatamente volvió sobre sus pasos y señaló que en cualquier caso el bebé debía nacer y en todo caso, como medida alternativa si por cualquier razón la madre no podía criarlo, debía acudir al instituto de la adopción.
                                 Este razonamiento resulta ser inexpugnable para los abortistas y de ese modo se evita elegir entre la vida o la muerte del pequeño.
                                 Además y tal como se ha visto en numerosos casos, la madre no queda traumatizada pues el aborto siempre conlleva un trauma psicológico de imprevisibles consecuencias futuras.
                                       La Convención Americana sobre Derechos Humanos –llamada también Pacto de San José de Costa Rica- a la que hemos otorgado rango constitucional , define en su art. cuarto el Derecho a la Vida diciendo que toda persona tiene derecho a que se respete la vida. Este derecho es protegido por la ley y en general, a partir del momento de la concepción. La Convención sobre los Derechos del Niño ratificada por la República Argentina que también tiene rango constitucional, define al niño de la siguiente forma: “todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad”.
                                      En su art. cuarto dispone que los Estados partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativa y de otro índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención.
                                       Como ha señalado el convencional nacional de la reforma de 1.994 García Lema “efectuando una síntesis de los derechos y principios contenidos en los pactos que hoy tienen jerarquía constitucional en primer término resulta con absoluta claridad la vinculación entre el Derecho a la Vida y la protección que debe recibir el niño”.
                                         Ya desde antiguo y durante el gobierno de Coronel Mercante los centros materno-infantiles prestaban colaboración extraordinaria a la madre y al niño y si bien es cierto que en los últimos tiempos ha disminuido la asistencia estatal la República Argentina está obligada constitucionalmente a prestarla.
                                        Es que como también dijera en es Convención Constituyente el eminente profesor de Derecho Civil tucumano Fernando López de Zavalía “el respeto por la vida y por la integridad física y psíquica del ser humano rige desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural, pues constituye el principio fundamental de interpretación de la legislación nacional”.
                                        También agrega que este principio no solo es tan antiguo como el Medioevo si no que viene del paganismo del siglo III A.C. y señala enfáticamente “basta con que recuerden ustedes el juramento hipocrático, hecho con el lenguaje rudo de la época, que espero que no moleste a nadie.
                                          Una parte de dicho juramento dice “no introduciré a ninguna mujer una prótesis en la vagina para impedir la concepción o el desarrollo del niño”.
                                         Por su parte, el viernes 31 de marzo de 1.989 en un artículo titulado “Cuando la Corte se hace cargo de los por nacer” Rodolfo Carlos Barra expresaba: una joven de 29 años, llamada Brenda Vaughan, fue encontrada culpable por una defraudación con cheques por valor de 700 dólares, en EE.UU...
                                         Por tratarse de su primer delito le hubiese correspondido una pena menor, pero teniendo en cuenta que la Vaughan estaba embarazada y de acuerdo con los estudios que se le hicieron era adicta a la cocaína, el juez la sentenció a prisión hasta el nacimiento del niño para protege al feto de los efectos nocivos de la droga.
                                        La Corte Suprema del distrito de Columbia, la libero antes del alumbramiento”.
                                        Es que el consumo de drogas durante el embrazo o incluso antes provoca daños cerebrales en el niño, mal formaciones, problemas de salud y también, drogadicción.
                                         Y señala el respetado tratadista mencionado: “los críticos del fallo lo atacaron por inconstitucional, por agravar el derecho a la privacidad de la madre.
                                           Ésta si lo quiere, puede fumar, tomar alcohol y hasta drogarse.
                                            Es parte de su “plan de vida” como se diría ahora.
                                            Claro que se trata de la privacidad de la madre ¿y el plan de vida del hijo? Seguramente no está en sus proyectos ser un débil mental, simplemente porque su madre tenía derecho a drogarse… Resulta muy interesante repasar el debate suscitado en esa Convención Constituyente y del cual formamos parte y donde quedo claramente establecido que la Constitución Nacional protege en forma concluyente al niño desde la concepción en modo especial cuando la República Argentina adhirió a los tratados internacionales previamente mencionados.
                                             Por otra parte es bueno recordar que la mayoría de las Provincias al dictar sus nuevas constituciones o reformarlas, han establecido con toda claridad ese principio.
                                             Sin ir más lejos, recordemos la clara disposición de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, sancionada el l3 de setiembre de 19934, que en su art. 13 establece: Derechos Civiles-.
                                              Todas las personas en la provincia gozan, entre otros, de los siguientes derechos: I) A la vida, desde la concepción hasta la muerte natural”. Obviamente, para que dichos principios de neta raigambre constitucional n o sean letra muerta, es preciso reformar el art. 86 del C. Penal que lejos de armonizar con ellas, constituye un valladar que debe ser suprimido. El hijo producto de una violación es igual a cualquier otro.
                                                Y, además, la madre demente o incapaz que queda embarazada concibe un hijo igual que cualquier otra. Por acaso porque la madre lo sea, el hijo que lleva en sus entrañas, ¿será también un disminuido mental necesariamente?
                                                 Desde otro ángulo recordemos como ya señalara en “Más nacimientos y más población” (ED T 202-806), que países como el nuestro necesitan imperiosamente poblar su vasto territorio, motivo por el cual una política inteligente debe propiciar la vida y rechazar las prácticas limitacionistas en boga en los países centrales.

HUMOR: ARGENTINA SIN FUERZAS ARMADAS NI DE SEGURIDAD


Me dice que lo vió. ¿Acaso no encuentra alguna similitud con lo que ha pasado y pasa en la Venezuela de Chávez?. ¿Acaso no tuvo la sensación, como diría el Ministro del bigote, que se trata de un verdadero ejército popular?. Si prefiere llámeles milicias populares. ¿Sabe que disponen de un poder bélico superior al de las Fuerzas Armadas de la Nación?. Buá, ya sé que con eso le digo poco; las FF.AA no existen en realidad. ¡Claro!; Ud., que es un ser humano NORMAL, no puede entender que estemos predestinados a que nos pase lo que ya nos pasó. ¡Si es por eso no se preocupe; en este caso, la víctima “directa”, va a ser Ud!...¿acaso no le acabo de decir que las FF.AA no existen?. Al Ejército le debe quedar un Jeep de esos que se utilizaban en la guerra del 44; a los de Aeronáutica un avión Fockker, y a los Marinos algún viejo Catamarán de esos en los que alguna vez realizó una travesía por El Tigre, ¿comprende?.
Volviendo a Jujuy, ¿reparó en que toda esa multitud que acompaña a la Excma. Sra. Milagro Salas, viste igual?. ¡Sí, es verdad, en materia de uniforme, todavía están bastante descuidados…pero marca un estilo, ¿entiende?. No pretenda que todo aquello que se presenta como “popular”, disponga del bellísimo uniforme de los Patricios, a quienes prácticamente ya solo les queda La Banda.
De paso, me permito hacerle una pregunta, en la pretensión, sea Ud. esta vez, quien me desasne. Con todo respeto, por supuesto. ¡Y la pregunta essssssssssssssss!; en el hipotético caso que el oficialismo PIERDA las elecciones del 23 de Octubre, o en el igualmente hipotético caso que pierda en el ballotage, ¿Ud. cree que se allanarán mansamente a entregar el poder?. Yo estoy convencido que NO, pero ocurre que últimamente, por no decirle desde hace varios años, las circunstancias me han convertido en un tipo proclive a la “negatividad”.
¡Ah!; Ud. me dice que casi a diario se secuestran verdaderos arsenales de armamento y toneladas de marihuana y cocaína. ¡Ahí tiene!; evidentemente Ud. sigue siendo un tipo positivo, motivo que me hace admirarle. Yo en cambio, no puedo resistirme a la tentación de pensar en “en lo que pasa de largo”.
En definitiva y “como viene la mano”, no descartaría como  posibilidad que nos acierten un nuevo cachetazo, superior al que la señora Graciela Camaño, le propinara a su par Carlos Kunkel, dueño de un prontuario más pesado que la Lilita Carrió.
¡Se la dejo puesta en la puerta!, como le dirían al “Dotor” Eugenio Zaffaroni, y quedo a la espera de una pronta respuesta. Atte.
Ricardo Jorge Pareja
parejaricardo@hotmail.com